Condiciones y reglas de uso

 La persona informante debe tener motivos razonables para pensar que la información es veraz en el momento de la comunicación o revelación y que la misma entra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante LPPI).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 63.1 f) de la LPPI, tendrá la consideración de infracción «muy grave» comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad. Ello sin perjuicio de cualesquiera otras posibles responsabilidades civiles, penales o administrativas.

La persona informante se hace responsable de la conservación, con las debidas medidas de seguridad, del código identificativo de su comunicación, y de su uso a los solos efectos de acceder al estado de la misma y de adicionar información relevante, así como, en su caso, para el mantenimiento de la relación con el Responsable del Sistema Interno de Información. Dicho código no puede volver a generarse y sin él la persona informante no podrá consultar el avance de su comunicación.

El canal garantiza en todo momento la confidencial de las comunicaciones y la identidad del comunicador. Las personas pueden facilitar sus datos identificativos y de contacto, o si lo prefieren, también pueden realizar la comunicación de manera anónima.

Siempre y en todo caso, la presentación de comunicaciones a través del presente Canal interno de información implica la aceptación de lo establecido en el procedimiento del sistema interno de información de la Diputación de Córdoba.

Protección de datos

El tratamiento de la información facilitada se ajustará a lo establecido en la normativa de protección de datos personales, siendo tales datos incorporados a la actividad de tratamiento CANAL DE DENUNCIAS.

La DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA es responsable del tratamiento de los datos y hace publica su política de protección de datos y demás circunstancias relativas al tratamiento como el periodo de conservación o la finalidad del mismo en https://dipucordoba.es/aviso-legal/.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, lmitación del tratamiento, portabilidad de los datos, oposición, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando se den los requisitos establecidos en el RPGD, en nuestra Sede Electrónica, mediante la presentación de una solicitud en el Registro General, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucia (CTPDA).

Documentos

RESPONSABLE DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

El responsable del Sistema Interno de Información será designado por el Pleno de la Diputación, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Deberá desarrollar sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de la entidad u organismo, no pudiendo recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio.

PROCEDIMIENTO

El presente Reglamento, tiene como finalidad establecer el procedimiento aplicable a las denuncias e informaciones que se presenten al amparo de la legislación sobre protección del informante y lucha contra la corrupción en la Diputación de Córdoba y entes instrumentales.

1. Las informaciones incluidas en el ámbito de aplicación de este Reglamento, deberán ser presentadas a través del Canal Interno de Información de la Diputación de Córdoba disponible en su página web oficial.

2. Además, podrán presentarse denuncias e informaciones por escrito.

3. La información por escrito podrá hacerse llegar a través de los siguientes medios:

a) Por el canal electrónico habilitado al efecto.

b) A través de correo postal, utilizando el formulario en formato papel.

4. Salvo en el caso en que pudiera ponerse en peligro la confidencialidad de la información, el Responsable del Sistema Interno enviará acuse de recibo de la información al denunciante en el plazo de siete días naturales a su recepción.

5. Al presentar la información, el informante podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones, pudiendo asimismo renunciar expresamente a la recepción de cualquier comunicación de actuaciones llevadas a cabo por el Responsable del Sistema.

  • Reglamento por el que se regula el Procedimiento de Gestión de informaciones de la Diputación Provincial de Córdoba.(BOP)

POLÍTICA

El objeto de la presente Política de Protección del Informante, es establecer el marco general y los principios de actuación y funcionamiento a que se somete la Diputación de Córdoba y sus entes instrumentales, en materia de protección de las personas denunciantes, adaptando a su ámbito interno lo dispuesto en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión; y en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.