Plan de medidas antifraude de la Diputación de Córdoba para la gestión de los fondos Next Generation UE
La Diputación de Córdoba dispone de un Plan de Medidas Antifraude ajustado a sus propias necesidades y de acuerdo con los requisitos establecidos por la normativa vigente hasta la fecha, esto es, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR en adelante) publicada en el BOE n.º 234, de 30 de septiembre de 2021, la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, del Ministerio de Hacienda y Función Pública ,relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Ley 31/2022,de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, que regula el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción; y adaptado a las prescripciones de la Instrucción, de 23 de diciembre de 2021, de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, sobre aspectos a incorporar en los expedientes y en los pliegos rectores de los contratos que se vayan a financiar con fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba aprobó, el 18 de mayo de 2022, un Plan de Medidas Antifraude que permite garantizar y declarar que, en el ámbito de actuación de la Diputación Provincial, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
La disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, regula el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicha regulación ha sido desarrollada a través de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, del Ministerio de Hacienda y Función Pública ,relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ( BOE n.º 21, de 25 de enero de 2023 y en vigor desde 26 de enero de 2023).
Ante la necesidad de adaptación del Plan Antifraude de la Diputación Provincial de Córdoba para contemplar esas nuevas medidas de prevención, que es necesario aplicar a los procedimientos de contratación o de concesión de ayudas que se realicen en el ámbito de los proyectos concedidos, el Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba aprueba, el 18 de octubre de 2023, la modificación del mismo, incorporando al plan los siguientes documentos:
– Procedimiento de comprobación de los indicadores de fraude o señales de alerta ( banderas rojas).
– Indicadores para la verificación de las contrataciones.(Banderas Rojas).
– Medidas para afrontar el conflicto de interés.
– Modelo de declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) para los órganos internos y los contratistas.
– Modelo de declaración responsable de ausencia de doble financiación.
– Modelo de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR.
– Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR.
En relación a la composición del Comité Antifraude, y en concordancia con la nueva estructura organizativa de la Corporación Provincial, la Presidencia del Comité corresponderá al Presidente de la Diputación o persona en quien delegue.
Con el objeto de dar cumplimiento a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la Diputación de Córdoba habilitará un Sistema Interno de Información que contará con su correspondiente canal interno que garantice la confidencialidad de la identidad y de la información y se configurará como un espacio seguro de participación electrónica y en el que se integrará el Buzón del Plan Antifraude.
Por tanto, el Canal Interno de Información de la Diputación Provincial incorporará dos canales:
– el Buzón Antifraude, actualmente habilitado para recibir toda la información sobre cualesquiera acciones u omisiones que afecten a proyectos vinculados al PRTR en el ámbito del Plan de medidas antifraude de la Diputación Provincial de Córdoba.
– el Canal General de Denuncias que se habilitará para recibir comunicaciones sobre cualesquiera otras acciones u omisiones que puedan ser constitutivos de infracción penal o administrativa y que estén comprendidas en el ámbito de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
El canal interno de información que se implante será accesible en una sección separada y fácilmente identificable en la página web de la Diputación de Córdoba, junto con los enlaces a los canales externos de denuncias.
Las medidas de este Plan Antifraude se aplicarán a todo el personal de la Diputación de Córdoba, así como al Sector Público Institucional Provincial, implicado en la gestión de fondos públicos y, en concreto, a todas aquellas personas que tengan algún tipo de relación con el diseño, gestión, elaboración o ejecución de los proyectos financiados por el PRTR.
Por lo que respecta a su contenido, la Orden HFP 1030/2021 establece en su Anexo II.B.5 el contenido mínimo que debe reunir un Plan de Medidas Antifraude para que sea realmente eficaz para el fin pretendido. Su contenido también está basado en la referencia de medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de intereses establecidas en el Anexo III.C de la citada Orden.
Estas medidas se clasifican de acuerdo con su naturaleza, siguiendo el denominado Ciclo Antifraude, como medidas de prevención, de detección, de corrección y persecución:
Concretamente, se contemplan 16 medidas.
MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL
1. Plan de Medidas Antifraude. Medidas de Prevención, Detección, Corrección y Persecución.
2. Constatación de aprobación formal del Plan de Medidas Antifraude.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN
3. Declaración institucional de lucha contra el fraude. Igualmente debe ser un acuerdo formal.
4. Herramienta de Autoevaluación del Riesgo de Fraude. Revisión periódica.
5. Código Ético con especial referencia a la política de obsequios.
6. Formación en materia ética y de persecución del fraude.
7. Procedimiento para tratar los conflictos de intereses.
8. Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses.
MEDIDAS DE DETECCIÓN
9. Indicadores de alerta: Sistema de Banderas Rojas.
10. Herramienta de prospección de datos (Data Mining) o puntuación de riesgos.
11. Cauce para que cualquier interesado pueda presentar denuncias.
12. Comité Antifraude que examine denuncias y proponga medidas.
MEDIDAS DE CORRECCIÓN
13. Revisión anual del Sistema Antifraude. Evaluación del potencial fraude como puntual o sistémico.
14. Efectos del fraude detectado: los proyectos se retiran o suspenden.
MEDIDAS DE PERSECUCIÓN
15. Efectos del fraude detectado: se comunican los hechos producidos a la Autoridad Responsable.
16. Efectos del fraude detectado: se denuncian los casos a las Autoridades Públicas Nacionales, de la UE, ante la Fiscalía o Tribunales competentes.
Repositorio de Documentos:
Plan Antifraude de la Diputación Provincial de Córdoba
Declaración Institucional de la Diputación de Córdoba, de compromiso en la lucha contra el fraude.
TEST DE AUTOEVALUACIÓN Y RIESGO.
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AUSENCIA DE DOBLE FINANCIACIÓN.
DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PRTR(ANEXO IV LA ORDEN HFP/1030/2021).
GUÍA PRÁCTICA DE APLICACIÓN DE LA ORDEN HFP-55-2023V
AUTOEVALUACIÓN DE RIESGO DE FRAUDE (anual)
Dentro de las Medidas para la Detección de posibles fraudes, se contempla la creación de un “Buzón de Denuncias” o “Canal de Denuncias” por el que cualquier persona que tenga conocimiento de alguna irregularidad, fraude o corrupción, puede comunicarla a través de alguno de los siguientes medios: