Características generales
Estos derechos se caracterizan por lo siguiente:
- Su ejercicio es gratuito
- Si las solicitudes son manifiestamente infundadas o excesivas (p. ej., carácter repetitivo) el responsable podrá:
- Cobrar un canon proporcional a los costes administrativos soportados
- Negarse a actuar
- Las solicitudes deben responderse en el plazo de un mes, aunque, si se tiene en cuenta la complejidad y número de solicitudes, se puede prorrogar el plazo otros dos meses más
- El responsable está obligado a informarte sobre los medios para ejercitar estos derechos. Estos medios deben ser accesibles y no se puede denegar este derecho por el solo motivo de que optes por otro medio
- Si la solicitud se presenta por medios electrónicos, la información se facilitará por estos medios cuando sea posible, salvo que el interesado solicite que sea de otro modo
- Si el responsable no da curso a la solicitud, informará y a más tardar en un mes, de las razones de su no actuación y la posibilidad de reclamar ante una Autoridad de Control
- Puedes ejercer los derechos directamente o por medio de tu representante legal o voluntario
- Cabe la posibilidad de que el encargado sea quien atienda tu solicitud por cuenta del responsable si ambos lo han establecido en el contrato o acto jurídico que les vincule