Boletín nº 107 (09-06-2010)
I. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo e
Inmigración
Dirección Provincial de la Tesorería General de
la Seguridad Social
Unidad de Recaudación Ejecutiva 2
Málaga
Nº. 5.518/2010
La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva nº 2 de Málaga, hace saber:
Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad contra el deudor que a continuación se expresa, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas las providencias de apremio correspondientes por los débitos perseguidos que a continuación se detallan. No habiendo sido liquidada la mencionada deuda y conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el R.D. 1.415/2004, de 11de junio (BOP del 25), se ha declarado embargado el bien que se describe a continuación, el cual queda afecto a las responsabilidades del deudor en el presente expediente y será tasado a efectos de su posible venta.
No habiéndose podido practicar la notificación personal del presente embargo al deudor, se efectúa la misma mediante este anuncio, y si procede, sirva de notificación a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios.
Del mencionado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro público correspondiente.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social dentro del mes siguiente a la fecha de notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspende sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone le artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, (BOE del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
UNO.-
Nº Expediente: 29020900632095.
Nº domumento: 2902501100036659930.
Deudor: Antonio Sysmonowicz (X4846250N).
Ultimo domicilio conocido: Avda. Andalucia, 37 Cártama, Málaga.
Fecha de la diligencia de embargo: 9 de febrero de 2010.
Periodo: 01/09 al 04/09. Régimen Esp. de Autónomos.
Deuda: Importe principal: 1.058,84 euros. Recargo: 211,76 euros. Intereses: 49,90 euros.
Costas devengadas: 20,92 euros. Costas presupuestadas: 100,00 euros.
Importe total débitos: 1.441,42 euros.
Bien embargado
Urbana: Vivienda situada en C/ Puente, 53 Montoro, Córdoba.
Superficie construida: 94,45 m2. Referencia catastral: 9099107UH7099N0001HQ.
Tomo 1142, libro 580, folio 145, finca 657.
Málaga a 7 de mayo de 2010.- La Recaudadora Ejecutiva, Mª Carmen Granadino Ordóñez.